Información general sobre Certificados de Profesionalidad (FAQs)

¿Qué son?

Los Certificados de Profesionalidad son acreditaciones oficiales que certifican que la persona que lo posee tiene los conocimientos y las habilidades para desarrollar una actividad laboral determinada, es decir está cualificada. Un Certificado de Profesionalidad está constituido por bloques, denominados Unidades de Competencia y éstas a su vez pueden organizarse para su aprendizaje en Módulos Formativos. Se trata de un documento que acredita a un trabajador/a en una cualificación profesional del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

¿Quién los emite?

Son emitidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o, en su caso, por las Comunidades Autónomas, y tienen validez en todo el territorio nacional.

¿Es un documento baremable?

Al ser un documento oficial, se valora en cualquier proceso de selección que convoque la Administraciones Públicas, y te acredita profesionalmente ante la empresa privada.

 ¿Cómo obtengo el certificado de profesionalidad?

El alumno debe de estar en posesión de las certificaciones parciales de las distintas Unidades de Competencia que componen el Certificado.

Para obtener una Unidad de Competencia tiene las siguientes vías:

  • Superar los módulos formativos correspondientes, mediante la realización y evaluación de las acciones formativas pertinentes.
  • Participando en las pruebas que al respecto convoque la Administración correspondiente para dicha UNIDAD DE COMPETENCIA, basándose en el Real Decreto 1224/2009 de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o de vías no formales de formación.
  • Mediante la convalidación de la UNIDAD DE COMPETENCIA por estar en posesión de dicha UNIDAD a través de la Formación Profesional del sistema educativo.
    Las Administraciones competentes llevaran un registro nominal por especialidades tanto de las acreditaciones de las UNIDADES de COMPETENCIA como de los Certificados que expidan.

Los Centros autorizados para la impartición de los módulos formativos deberán entregar a la Administración un acta de evaluación de los alumnos que hayan participado, indicando en los términos de apto/no apto la superación del módulo. Dicha acta será el referente para la Certificación de la Unidad de competencia.

¿Cuáles la Normativa que lo regula?
  • Certificados de Profesionalidad
    • Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad
    • Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, y corrección de errores al Real Decreto 1675/2010
  • Experiencia Laboral
    • Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral
  • Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL)
    • El Instituto Nacional de las Cualificaciones fue creado por el Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo. Es el instrumento técnico, dotado de capacidad e independencia de criterios, que apoya al Consejo General de Formación Profesional para alcanzar los objetivos del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional
¿Cuál es su estructura?

1. Identificación del certificado de profesionalidad

  • Denominación.
  • Familia profesional.
  • Nivel.
  • Cualificación profesional de referencia.
  • Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de profesionalidad.
  • Competencia general.
  • Entorno profesional.
  • Duración en horas de la formación asociada.
  • Relación de módulos formativos del Catálogo Modular de Formación Profesional.

2. Perfil profesional del certificado de profesionaldad

Se definirá por la cualificación profesional o en su caso, por las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales a las que dé respuesta el certificado de profesionalidad. Incluirá información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente, en su caso, para el ejercicio profesional.

3. Formación del certificado de profesionalidad

Estará compuesta por el desarrollo de cada uno de los módulos formativos del Catálogo Modular de Formación Profesional asociados a cada unidad de competencia del certificado de profesionalidad. Así mismo incluirá la duración, los requisitos de espacios, instalaciones y equipamientos, que responderán siempre a medidas de accesibilidad y seguridad de los participantes y las prescripciones sobre formadores y alumnos que garanticen la calidad de la oferta.

Módulos formativos

Bloque coherente de formación asociado a cada una de las unidades de competencia que configuran la cualificación acreditada mediante el certificado de profesionalidad. Cada módulo formativo incluirá los datos de identificación, las especificaciones de la formación y los parámetros del contexto formativo para impartirlo.

Los datos de identificación corresponderán a la denominación del módulo formativo, el nivel, el código, la unidad de competencia a la que está asociado y la duración expresada en horas.

Las especificaciones de la formación se expresarán a través de las capacidades y sus correspondientes criterios de evaluación, las capacidades que se deban desarrollar en un entorno real de trabajo, el desarrollo de los contenidos que permitan alcanzar dichas capacidades y, en su caso, las unidades formativas y las orientaciones metodológicas para impartir el módulo.

Las capacidades que deben ser adquiridas en un entorno real de trabajo, del conjunto de módulos formativos que configuran el certificado de profesionalidad, se organizarán en un módulo de formación práctica que se desarrollará, con carácter general, en un centro de trabajo. Dicha formación tendrá carácter de práctica profesional no laboral y se desarrollará a través de un conjunto de actividades profesionales que permitirán completar las competencias profesionales no adquiridas en el contexto formativo

Los parámetros y criterios del contexto formativo para impartir el módulo formativo estarán constituidos por:

  • Los requisitos mínimos que deben tener los formadores para su impartición.
  • Los requisitos mínimos sobre los espacios, instalaciones y equipamientos necesarios para el proceso de enseñanza-aprendizaje y la adquisición de la competencia profesional correspondiente.
  • Los criterios de acceso de los alumnos, que asegurarán que éstos cuentan con las competencias clave suficientes para cursar con aprovechamiento la formación. A los alumnos que accedan a las acciones de formación de los certificados de profesionalidad de nivel 1 de cualificación no se les exigirán requisitos académicos ni profesionales.

Unidades formativas

Los Módulos formativos que tengan una duración superior a 90 horas podrán subdividirse en Unidades Formativas que en ningún caso serán de duración inferior a 30 horas. Con carácter general el número máximo de unidades formativas en que se podrá subdividir cada módulo no será superior a tres. Cada unidad formativa incluirá los datos de identificación, capacidades, criterios de evaluación y contenidos.

Las unidades formativas, que se recogerán en el fichero de especialidades formativas, serán certificables siempre que se hayan desarrollado con los requisitos de calidad establecidos para impartir el módulo al que pertenecen.

La superación de todas las unidades formativas definidas para el módulo, siempre que el participante curse de forma consecutiva al menos una unidad formativa por año, dará derecho a la certificación de módulo formativo y a la acreditación de la unidad de competencia correspondiente. La certificación tendrá validez en el ámbito de la Administración laboral.

Acciones formativas

Se entiende por acción formativa la dirigida a la adquisición y mejora de las competencias profesionales de las cualificaciones profesionales, y, en su caso, unidades de competencia del certificado, pudiéndose estructurar en varios módulos con objetivos, contenidos y duración propios.

La oferta formativa dirigida a la obtención de los certificados de profesionalidad se podrá realizar por la totalidad de los módulos formativos asociados al mismo, o bien por módulos formativos asociado a cada una de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad, ofertados de modo independiente, a efectos de favorecer la acreditación de dichas unidades de competencia.

¿Dónde puedo informarme en mi Comunidad Autónoma?

Los servicios de empleo de las distintas comunidades autónomas ofrecen información y apoyo para la obtención de tu certificado de profesionalidad, al igual que el Servicio Público de Empleo Estatal a través del portal sepe.es.

También puedes visitar el portal del Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL), el portal todofp.es y el de la Acreditación de Competencias Profesionales Adquiridas Mediante Experiencia Laboral ACREDITA-T.

Tu certificado de profesionalidad acreditará tu cualificación profesional dentro del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. De esta forma tu experiencia profesional será reconocida y equiparada de alguna manera a una formación profesional.

¿Cuándo y dónde puedo acreditarme?

Las Administraciones convocarán procedimientos de acreditación de competencias profesionales atendiendo a las necesidades del mercado laboral. Cada convocatoria se centrará en determinados ámbitos profesionales y podrás participar en aquella que se ajuste a tu perfil.

En cualquier momento puedes acudir a los puntos de información y orientación para que te asesoren sobre las posibilidades en tu caso concreto.

Una vez inscrito, se te pedirá que demuestres lo que sabes hacer y después de superado el procedimiento obtendrás una acreditación con validez en todo el territorio nacional y orientaciones sobre los pasos a seguir para obtener una titulación.

¿Qué documentación necesito?

Para justificar la experiencia laboral dentro del sector profesional que establezca la convocatoria:

  • Si eres trabajador/a asalariado/a: original o copia compulsada del certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad a la que estés afiliado, donde conste la empresa, la categoría profesional (grupo de cotización) y el periodo de contratación, así como también el original o la copia compulsada del Contrato de Trabajo o certificado de la empresa donde hayas adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación de los contratos, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en que has realizado dicha actividad.
  • Si eres trabajador/a autónomo/a o por cuenta propia: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y descripción de la actividad desarrollada y tiempo en el que lo has realizado.
  • Si te encuentras en situación de desempleo: copia sellada de la Tarjeta de demandante de empleo.
  • Si eres voluntario/a o becario/a: certificado de la organización donde hayas prestado el trabajo.

Para justificar la formación relacionada con el sector profesional que establezca la convocatoria:

  • Documento que acredite los contenidos y las horas de la formación relacionada con las competencias profesionales que se quiere demostrar.
  • Cualquier documentación que creas conveniente aportar para completar y justificar tus conocimientos profesionales.

Y si no poseo documentación para justificar mi experiencia o mi formación:

Si eres mayor de 25 años, podrás solicitar tu inscripción provisional en la convocatoria. Una vez valorada tu situación, se te confirmará si puedes  participar en el procedimiento.

¿Cómo se desarrolla el procedimiento?

1ª Fase: Asesoramiento

  • Se revisa la documentación aportada sobre tu historial profesional y formativo y, un asesor te ayudará a completarlo  si es necesario.
  • Te ayudarán a analizar tus competencias profesionales.
  • Se emitirá un informe orientativo con la valoración del asesor sobre la conveniencia de que pases a la 2ª fase.
  • Podrás decidir si quieres pasar a la fase de evaluación, teniendo en cuenta el informe del asesor.
  • Los asesores son expertos en el sector profesional que especifica la convocatoria y que han sido habilitados para esta tarea.
  • Además, en cualquier momento podrás acudir a los puntos de información y asesoramiento.

2ª Fase: Evaluación

  • Se revisa de manera pormenorizada la documentación que has aportado
  • Se te pedirá que demuestres aquellas competencias profesionales que no  hayan quedado suficientemente justificadas. Por ejemplo, se te puede pedir que realices una demostración práctica en una situación similar a tu puesto de trabajo.
  • Los evaluadores son expertos en el sector profesional que especifica la convocatoria y que  han sido habilitados para esta tarea.

3ª Fase: Acreditación y registro

  • Si la evaluación es superada positivamente, obtendrás una acreditación de las competencias profesionales que hayas demostrado.
  • Estas acreditaciones quedarán inscritas en un registro del Servicio Público de Empleo.
  • Todos los participantes recibirán, además, orientaciones sobre la formación complementaria que deberían realizar para la obtención de un título oficial.
¿Cuáles son los requisitos mínimos de participación?
  • Cuando se publique una convocatoria relacionada con tu actividad profesional podrás inscribirte presentando:
    • Hoja de solicitud
    • Historial profesional
    • Historial formativo
  • Requisitos de participación:
    • Tener la nacionalidad española, certificado de residente comunitario, la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia y trabajo en España en vigor.
    • Tener 18 años cumplidos al realizar la inscripción si es para una cualificación profesional de nivel I.
    • Tener 20 años cumplidos al realizar la inscripción si es para cualificaciones profesional de nivel II y III.
  • Además de lo señalado anteriormente, has de tener, al menos, uno de estos dos requisitos:
    • Experiencia laboral (adquirida en los últimos 10 años) relacionada con las competencias que quieras acreditar de:
      • 2 años (1200 horas mínimas trabajadas) para competencias de nivel I.
      • 3 años (2000 horas mínimas trabajadas) para competencias de nivel II y III.
    • Formación (realizada en los últimos 10 años) relacionada con las competencias que quieras acreditar
      • 200 horas para cualificaciones de nivel I.
      • 300 horas para cualificaciones de nivel II y III.
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